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Concesión de Agua Superficial (Dirección de Agua)
Las aguas superficiales (nacimientos, quebradas, ríos, lagunas, lagos, mares), son de propiedad nacional, las personas físicas o jurídicas que requieran utilizarlas deben solicitar concesión de aprovechamiento.
¿Requiere solicitar una concesión para hacer uso del agua?
Cualquier persona física o jurídica, pública o privada incluyendo las instituciones de gobierno que aprovechen el agua mediante la figura de concesión, deben contar con un otorgamiento de esto y sufragar los montos por concepto de canon.
Al dar clic en Iniciar el Trámite el enlace lo llevará al Sitio Transaccional de la Ventanilla Única de Inversión, una vez realizado el registro, en la Sección de Trámites Ambientales encontrará una descripción de los Trámites y sus Requisitos. Para iniciar su trámite será redirigido al Sitio de la Dirección de Aguas.